Convocatoria de subvenciones para elaborar e implementar planes de igualdad y llevar a cabo acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para su implementación

May 9, 2025

La consejeria de Empresa, Ocupación y Energía, ha publicado este jueves 8 de mayo la convocatoria de subvenciones para elaborar e implementar planes de igualdad y llevar a cabo acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para su implementación.

El objeto es el de conceder subvenciones para:

  • Elaborar, renovar e implementar planes de igualdad entre mujeres y hombres.
  • Incorporar medidas de conciliación que vayan más allá de lo establecido por la ley y los convenios colectivos.
  • Realizar acciones de fomento y asesoramiento para facilitar su implementación.

La convocatoria consta de cuatro programas:

Programa 1: Apoyo a empresas no obligadas legalmente a disponer de un plan de igualdad (menos de 50 trabajadores).

Programa 2: Apoyo a empresas obligadas a disponer de dicho plan según la normativa (más de 50 trabajadores).

Programa 3: Subvención de medidas de conciliación que superen los mínimos legales.

Programa 4: Acciones de fomento y asesoramiento por parte de organizaciones empresariales y sindicales con ámbito en Baleares.

Beneficiarios

Programas 1 y 2: Empresas o entidades con domicilio o centro de trabajo en las Illes Balears.

Programa 3: Beneficiarios de los programas 1 y 2.

Programa 4: Organizaciones empresariales y sindicales inscritas en el registro oficial y con presencia en todas las Illes Balears.

La inscripción del plan en el registro se tiene que efectuar antes del 10 de septiembre de 2025 (y justificación antes del 10 de noviembre).

Actuaciones subvencionables

  • Diagnóstico de género y elaboración/implementación de planes de igualdad.
  • Incorporación y ejecución de medidas de conciliación que excedan la normativa.
  • Asesoramiento y consultoría, tanto interna como externa, para llevar a cabo las acciones relacionadas.

Gastos no subvencionables

Inversiones materiales.

IVA deducible.

Cuantía de las ayudas

Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido (sin contraprestación).

Intensidad de la ayuda: 100 % del coste elegible (IVA excluido).

Límites máximos por programa:

Programas 1, 2 y 3: hasta 7.000 € cada uno (IVA excluido).

Si se combina el programa 3 con el 1 o el 2: hasta 14.000 € (IVA excluido).

Programa 4: hasta 60.000 € (IVA excluido).

No se podrá superar el 100 % del coste total de la actividad subvencionada, ni con otras ayudas públicas o privadas.

Plazo de solicitud

Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB). 9 de junio de 2025.

Más información y solicitudes: AQUÍ

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